Asistencia Familiar

«La asistencia familiar es un derecho que comprende los recursos para garantizar lo indispensable en alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta. Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley N° 603).»

Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley N° 603).

La asistencia se entrega hasta que la hija o hijo cumpla los 18 años de edad, y podrá extenderse hasta los 25 años por estudios profesionales.

El monto es definido por el Juez de Familia de acuerdo a los ingresos de la madre o padre y las necesidades de la niña, niño o adolescente. El mínimo corresponde al 20% del salario mínimo nacional.

La asistencia familiar puede solicitarse desde el período de gestación y corre desde la notificación de la demanda.

La Defensoría de la Niñez y Adolescencia iniciará la demanda de manera gratuita una vez se presenten todos los requisitos.

REQUISITOS

  • Certificado de Nacimiento original de la niña, niño o adolescente.
  • Fotocopia del C.I. del/a solicitante y demandante.
  • Fotocopia del C.I. de 3 testigos (que no sean familiares)*.
  • Fotocopia de Preaviso de luz y agua.
  • Dirección real y croquis en digital (Captura de pantalla «screenshot» de Google Maps) del/a demandante, de forma impresa.
  • Dirección real y laboral, más el croquis en digital (Captura de pantalla «screenshot» de Google Maps) del/a demandado/a, de forma impresa.
  • Apertura de cuenta bancaria (para uso exclusivo de la asistencia familiar).
  • CD en blanco (para respaldo de información)

*En caso de acuerdo voluntario, no se requieren testigos.

Con todos los requisitos, presentarse en la oficina de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de tu Distrito Municipal, para establecer asesoramiento legal y acompañamiento en el proceso de asistencia familiar.
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Preguntas frecuentes sobre la Asistencia Familiar en Bolivia

🧒 ¿Qué es la asistencia familiar?
Es el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes a recibir recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas: alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta⁽²⁾.

📅 ¿Hasta qué edad se otorga la asistencia familiar?
– Hasta los 18 años.
– Puede extenderse hasta los 25 años si el hijo/a continúa con estudios profesionales⁽¹⁾.

⚖️ ¿Quién determina el monto de la asistencia?
El Juez de Familia, considerando:
– Los ingresos del padre/madre obligado.
– Las necesidades del menor.
– El monto mínimo es el 20% del salario mínimo nacional ⁽¹⁾.

🤰 ¿Desde cuándo se puede solicitar?
Desde el período de gestación, y se activa desde la notificación de la demanda ⁽¹⁾.

📝 ¿Qué documentos se necesitan para iniciar el trámite?
– Certificado de nacimiento del menor.
– Fotocopias de C.I. de la solicitante y convivientes.
– Croquis digital del domicilio.
– Apertura de cuenta bancaria exclusiva para la asistencia.
– Otros requisitos según el municipio⁽¹⁾.

🆓 ¿Tiene algún costo iniciar el proceso?
No. La Defensoría de la Niñez y Adolescencia inicia la demanda de forma gratuita una vez se presentan todos los requisitos⁽¹⁾.

👨‍⚖️ ¿Qué pasa si el padre/madre no cumple con la asistencia?
Puede ser denunciado por incumplimiento de deberes familiares, lo que puede derivar en sanciones legales, incluso penales⁽²⁾.

🤝 ¿Se puede hacer un acuerdo voluntario?
Sí. Las partes pueden acordar el monto y condiciones de la asistencia familiar. Este acuerdo debe ser homologado judicialmente para tener validez legal⁽³⁾.

🧭 ¿Dónde acudir para orientación o iniciar el trámite?
– Oficinas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en tu municipio⁽¹⁾⁽⁴⁾.
– Bufetes especializados en derecho familiar.
– También puedes consultar el [Código de las Familias y del Proceso Familiar]

🕵️ ¿Qué pasa si no se puede encontrar al padre?
Si el padre está no localizado, se puede iniciar el proceso igual. La Defensoría de la Niñez y Adolescencia o el juzgado puede emitir citaciones por edicto (publicadas en prensa) si no se conoce su paradero. También se puede solicitar apoyo de la Policía o Migración para rastrear su ubicación⁽5⁾.

💼 ¿Y si el padre no tiene trabajo?
El desempleo no exime del deber de asistencia. El juez puede fijar un monto mínimo, que suele ser el 20% del salario mínimo nacional, aunque el padre no tenga ingresos formales⁽6⁾. Si tiene bienes, negocios informales o ayuda de terceros, eso también puede considerarse.

🌍 ¿Qué ocurre si el padre vive en el extranjero?
Se puede iniciar el proceso en Bolivia. Si se conoce su dirección en el exterior, se puede solicitar cooperación internacional para la notificación. También se puede gestionar el cobro mediante transferencias bancarias una vez se fija el monto⁽³⁾. Si no cumple, se puede acumular la deuda y pedir liquidación retroactiva.

🧬 ¿Y si el padre niega ser el progenitor?
Se puede iniciar un proceso de reconocimiento de paternidad. Si hay negativa, se solicita una prueba de ADN. Mientras tanto, la asistencia familiar puede ser solicitada desde el embarazo, incluso si no hay reconocimiento legal aún⁽5⁾.

🧑‍⚖️ ¿Qué pasa si el padre no paga lo que debe?
Se puede pedir la liquidación de lo adeudado. Si no paga en el plazo legal, se solicita apremio corporal: el padre puede ir a prisión por hasta 6 meses⁽7⁾. La deuda no prescribe, se acumula hasta que se pague.

🧒 ¿Puede solicitarse asistencia familiar desde el embarazo?
Sí. La madre puede iniciar el trámite desde el período de gestación, y el padre está obligado a cubrir gastos relacionados con el embarazo⁽6⁾.

🧑‍🤝‍🧑 ¿Y si hay un acuerdo voluntario entre padre y madre?
Se puede firmar un Acuerdo Regulatorio, que debe ser homologado por el juez para tener validez legal. Este acuerdo puede incluir monto, visitas, custodia y otros aspectos⁽5⁾.

🔄 ¿Se puede modificar el monto de la asistencia?
Sí. Puede aumentarse o reducirse si cambian las condiciones económicas del obligado o las necesidades del beneficiario⁽³⁾.

Fuentes consultadas

[1] Defensoría de la niñez y adolescencia
https://lapaz.bo/defensoria-de-la-ninez-y-adolescencia/

[2] LEY N° 603 LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2014 EVO MORALES
http://www.coordinadoradelamujer.org.bo/observatorio/archivos/marco/ley603_468.pdf

[3] EGAF Abogados
https://egafabogados.com/

[4] Defensoría de la Niñez y Adolescencia – Save the Children Bolivia
https://www.savethechildren.org.bo/p_v/defensoria-de-la-ninez-y-adolescencia/

[5] Sentencia Constitucional Plurinacional 0023/2019-S1
https://jurisprudenciaconstitucional.com/resolucion/39017-sentencia-constitucional-plurinacional-0023-2019-s1

[6] SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2014-S3 Magistrada Relatora…
https://jurisprudencia.tcpbolivia.bo/Fichas/ObtieneResolucion?idFicha=20965

[7] ACCIONES QUE PUEDES SEGUIR EN LA VÍA FAMILIA – Comunidad
https://comunidad.org.bo/assets/archivos/herramienta/b702948ac52db80f8076324b68a7031b.pdf